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Instituto de Desarrollo Urbano

¡Atención entidades públicas!

El IDU tiene disponibles bienes dados de baja clasificados como servibles no utilizables y, de acuerdo con lo establecido en el Manual de Administración de Bienes de la Entidad, se ofrecen en Enajenación Gratuita a las entidades públicas.

Las Entidades interesadas deberán realizar su manifestación de interés en los términos contemplados en el artículo 2.2.1.2.2.4.3, del Decreto 1082 de 2015, a través de comunicación oficial suscrita por el Ordenador del Gasto o Representante Legal de la Entidad, entre el 2 de febrero de 2024 y hasta el 3 de marzo de 2024, en la que se indiquen los bienes del listado en los cuales estarían interesados.


Condiciones de entrega de los bienes


  • Una vez se designe la entidad a la que se le entregarán los bienes, los encargados del almacén de cada entidad, suscribirán un acta de entrega en la que se establece la fecha de la entrega material del bien, la cual no puede superar los treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha del acta.

  • Cuando, por la naturaleza del bien, se requiera de un trámite especial de protocolización o formalización de la propiedad, deberá darse cumplimiento al trámite legal dispuesto, el cual estará a cargo de la Entidad Pública Adjudicataria o Beneficiaria.

  • Será responsabilidad de la Entidad Pública que resulte favorecida con el presente proceso, adelantar todos los trámites administrativos, legales y contables, costos, gastos, impuestos, tasas y contribuciones que llegaren a generarse con ocasión de la entrega.

  • La Entidad beneficiaria deberá incurrir con todos los costos que se generen con el traslado de los bienes y trámites que se presenten con ocasión de la enajenación de los bienes muebles a título gratuito.


La oferta estará disponible por 30 días calendario contados a partir del 2 febrero de 2024.


Consulte acá la Resolución No. 6053 de 2023:


Resolución No 6053 de 2023


“Por la cual se ofrecen en enajenación a título gratuito bienes de propiedad del IUD, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 6053 de 2023”

Ver resolución 6053 de 2023